La
Convención de 2003 define el PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL, más
concretamente como los usos, representaciones, expresiones,
conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y, en algunos
casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio
cultural.
Algunas de sus características son:
- se transmite de generación en generación;
- es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia;
- infunde a las comunidades y los grupos un sentimiento de identidad y de continuidad;
- promueve el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana;
- es compatible con los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes;
- cumple los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible.
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